(TodoesNoticia1214 06/07/2017) ¡Le trancaron las puertas! “La razón por la que impidieron la entrada a Katherine Harrington al MP”
Cabe destacar que el Ministerio Público aseguró este jueves
que el Tribunal Supremo de Justicia “usurpó”
funciones de la Fiscal General de la República , Luisa Ortega Díaz, al designar
como Vicefiscal General a la ciudadana Katherine Harrington, a quien no se le
permitió la entrada a la institución.
Debemos aclarar que mediante un
comunicado, el MP expresó que la Sala Constitucional del TSJ “actuando fuera de lo pedido,
declaró nulo el nombramiento del Vicefiscal General de la República (Rafael
González Arias) e indicó que mediante auto separado designaría uno temporal”.
A continuación el comunicado íntegro:
Con ocasión a la interposición
por parte del Vicefiscal General de la República (E), Rafael González Arias, de un
Recurso de Nulidad contra el Decreto Presidencial que fijó las Bases Comiciales
de la Asamblea
Nacional Constituyente, la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia, sin pronunciarse sobre lo solicitado en ese
recurso y actuando fuera de lo pedido, declaró nulo el nombramiento del
Vicefiscal General de la
República e indicó que mediante auto separado designaría uno
temporal.
En consecuencia, debe tenerse en
cuenta:
Que la Ley Orgánica del
Ministerio Público establece en su artículo 25, numeral 3, que es una
atribución de la Fiscal
General de la
República designar al Vicefiscal General de la República , previa
autorización de la
Asamblea Nacional.
Que la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia no puede anular actos administrativos, como
los que resuelven la designación de un funcionario; esta es una competencia de la Sala Político
Administrativa (art. 26.5 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia).
Que los autos judiciales deben
ser para resolver asuntos relacionados con el debate del proceso; no para
dictar actos administrativos como la designación de funcionarios públicos.
Que a pesar de que el desacato es
una sanción de carácter personalísimo (no extensible a personas que se
encuentren en situación similar ni a órganos), prevista en el artículo 31 de la Ley Orgánica de
Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ante el incumplimiento de
una decisión de amparo constitucional, la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia considera que bajo este supuesto debe asumir
por sí misma las competencias constitucionales de la Asamblea Nacional
por mantenerse esta en desacato. Dicho criterio que fue plasmado en su máxima
expresión en las cuestionadas sentencias 155 y 156 que han incrementado, en
buena medida, la conflictividad actual en el país.
Que tomando en consideración
tales circunstancias, la
Fiscal General de la República solicitó a la Asamblea Nacional
la autorización de la designación del ciudadano Rafael González Arias, para que
sea ratificado como Vicefiscal General de la República , lo cual fue
aprobado el día 3 de julio de 2017 por la mayoría absoluta del órgano
legislativo nacional.
Que para el día 4 de julio de
2017, el cargo de Vicefiscal General no se encontraba vacante.
Se concluye que:
1.- Con la decisión contenida en
el auto de fecha 4 de julio de 2017, la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia usurpó funciones de la Fiscal General de la República y de la Asamblea Nacional.
2.- La pretendida designación de
la ciudadana Katherine Nayarith Harrington Padrón, titular de la cédula de
identidad Nro. V- 10.548.414, como Vicefiscal General es inconstitucional,
ilegal, ilegítima y representa una continuidad a la ruptura del orden
constitucional.
3.- Representa un deber
ineludible para todo ciudadano, investido o no de autoridad, desconocer dicho
nombramiento con el objetivo de colaborar en el restablecimiento de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, previsto en su artículo 333.
Fuente: El Cooperante
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Nota
Señor, cuántos
son mis enemigos, cuántos se levantan contra mí; cuántos dicen de mí: "ya
no lo protege Dios". Pero tú, Señor, eres mi escudo y mi gloria, tú
mantienes alta mi cabeza. Si grito invocando al Señor, El me escucha desde su
monte santo. Puedo acostarme y dormir y despertar: el Señor me sostiene. No
temeré al pueblo innumerable que acampa a mí alrededor. Levántate, Señor; sálvame, Dios mío: tú
golpeaste a mis enemigos en la mejilla, rompiste los dientes de los malvados.
De ti, Señor, viene la salvación y la bendición sobre tu pueblo. Amén
Sr. Jesús, tú
guías sabiamente a las naciones; No queremos más odio, ni decadencia; No
queremos miedo, ni muerte; Danos la paz, la fuerza y la cordura que hará
justicia. ¡Por favor señor! Haz que las calles se llenen de nuestro esfuerzo,
con un despertar que sólo, nos darás tú, para construir un país de paz y de
progreso. “Esta es mi petición de hoy para todos los venezolanos.” Amén.
Salmo 3
Señor, cuántos
son mis enemigos, cuántos se levantan contra mí; cuántos dicen de mí: “ya no lo
protege Dios”. Pero tú, Señor, eres mi escudo y mi gloria, tú mantienes alta mi
cabeza. Si grito invocando al Señor, El me escucha desde su monte santo. Puedo
acostarme y dormir y despertar: el Señor me sostiene. No temeré al pueblo
innumerable que acampa a mi alrededor. Levántate, Señor; sálvame, Dios mío: tú
golpeaste a mis enemigos en la mejilla, rompiste los dientes de los malvados.
De ti, Señor, viene la salvación y la bendición sobre tu pueblo Amén.
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