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Venezuela 25/09/2017 – Verifique o saque su
licencia de conducir haciendo todos sus trámites por Internet.
Ante todo ¿Que es el INTT?
Cabe destacar que es el Instituto Nacional de Transporte Terrestre
(INTT), es un ente adscrito al Ministerio
del Poder Popular para el Transporte, con competencia en materia de
transporte terrestre, con personalidad jurídica, que goza de los privilegios y
prerrogativas que se le acuerdan a la República , de conformidad con la ley, cuya sede
central está ubicada en la ciudad de Caracas, según lo estipulado en la Ley de Transporte Terrestre.
Debemos informar que El INTT tiene oficinas y dependencias
regionales que permiten la prestación de los servicios de transporte terrestre
a nivel nacional.
Puede leer: Declaraciones De MCM Donde Aclara Que “Vente Venezuela” No Llama A La Abstención En Las Elecciones
A continuación su Marco legal
Cabe destacar que como parte del proceso de Reforma del Estado, el Ejecutivo Nacional, a través de sus
órganos competentes, dictó una serie de políticas y lineamientos encaminados a
transformar el concepto de Administración Pública, teniendo como norte el
servicio a la ciudadanía, sin distinciones, privilegios ni discriminaciones.
Según información de la pagina
Web del INTT En fecha 01 de agosto 2008
entra en vigencia la nueva Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial Nro.
38.985 que derogó Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre,
publicado en la Gaceta
Oficial N° 37.332 de fecha 26 de noviembre de 2001, Decreto
N° 1.535 del 08 de noviembre de 2001, mediante el cual se creó el Instituto
Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre.
A continuación las atribuciones
del Instituto Nacional de Transporte
Terrestre, tal como se denomina en la Ley de Transporte Terrestre (Artículo 23).
• La planificación y ejecución de programas
de fortalecimiento institucional del sector transporte terrestre.
• Llevar el Registro del Sistema Nacional de
Transporte Terrestre.
• Registro, expedición, renovación y control
de licencias para conducir vehículos a motor, en el ámbito nacional, en los
diferentes grados y categorías.
• Registro, expedición y control de títulos
profesionales para conducir vehículos a motor con fines de lucro.
• Otorgamiento, registro y control de placas
identificadoras de vehículos a motor destinadas al uso público o privado, en
las diferentes clasificaciones y modalidades.
• Realizar estudios de proyectos,
otorgamiento de permisos, regulación y registro de los servicios conexos de
carácter nacional, como terminales públicos y privados, paradores viales de
pasajeros y pasajeras, turísticos y de carga, terminales generadores de
transferencia e intermodal de carga, transporte de encomienda, escuelas del
transporte, estacionamientos concesionarios del instituto, estaciones fijas y
móviles de revisión técnica, mecánica y física de vehículos; ubicación y acceso
de las estaciones de servicios, servicios de grúas de arrastre y de plataforma
y cualquier otro, de conformidad con el ordenamiento jurídico.
• Efectuar estudios y revisión de tarifas y
fletes del transporte terrestre público de pasajeros y pasajeras, y de carga,
en los casos previstos en la ley.
• Todo lo concerniente a la planificación,
funcionamiento y control de los recursos del Instituto y de sus órganos
desconcentrados.
• Llevar estadísticas del transporte
terrestre y dispositivos para el control del tránsito.
• Promover la educación y seguridad vial.
• Establecer los criterios técnicos y
otorgar los permisos para la colocación vallas y demás medios publicitarios en
las vías públicas nacionales y en los predios colindantes a las mismas, el
control de su ubicación y los procedimientos administrativos para su remoción,
en coordinación con las autoridades estadales y municipales.
• Establecer los criterios técnicos y
otorgar los permisos para la colocación de publicidad en los vehículos.
• Velar por el cumplimiento de las normas
relativas a la circulación y seguridad en el ámbito nacional.
• Establecer los mecanismos de coordinación
y homologación de las policías con competencia para el control y vigilancia del
tránsito y transporte terrestre.
• Otorgar las autorizaciones para la
prestación de los servicios de transporte terrestre público de pasajeros y
pasajeras, y de carga en el ámbito de la competencia nacional.
• Otorgar las autorizaciones para los
trabajos sobre la infraestructura vial en el ámbito de la competencia nacional.
• Aplicar las sanciones administrativas, en
los casos previstos en la ley. • Velar por el correcto funcionamiento en la
prestación del servicio de transporte terrestre.
• Percibir y administrar los ingresos
provenientes de los servicios que preste y de las sanciones que imponga.
• Dictar actos administrativos generales o
particulares, en las materias de su competencia. Estos actos agotan la vía
administrativas y los interesados podrán acudir directamente ante la
jurisdicción contencioso administrativa.
• Informar trimestralmente al Ministerio del
Poder Popular con competencia en materia de transporte terrestre sobre los
ingresos que perciba y administre.
• Controlar y regular la colocación,
conservación y mantenimiento de la señalización y demarcación de las vías, así
como la autorización para la colocación y señalización de los mecanismos de
control de velocidad en las carreteras de vías nacionales.
• Otorgar en materia de terminales públicos
y privados, la certificación del proyecto, en cuanto al cumplimiento de las
normas técnicas correspondientes, así como el registro del servicio una vez
otorgada la licencia de operación.
• Otorgar la licencia de operación de
servicio conexo cuando se trata de operadores u operadoras sujetos o sujetas a
la competencia nacional.
• El control, inspección y supervisión de
los terminales públicos y privados que integran el Sistema Nacional de
Terminales de Pasajeros y Pasajeras, del Transporte Terrestre Público y
Privado. • Las demás que se le asignen o le confiera la Ley de Transporte Terrestre.
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Nota
Jesucristo, Señor nuestro,
acudimos a ti en esta hora de tantas necesidades en nuestra patria. Nos
sentimos inquietos y esperanzados y pedimos la fortaleza como don precioso de
tu Espíritu. Anhelamos ser un pueblo identificado con el respeto a la dignidad
humana, la verdad, la libertad, la justicia y el compromiso por el bien común.
Como hijos de Dios danos la capacidad de construir la convivencia fraterna,
amando a todos sin excluir a nadie, solidarizándonos con los pobres y
trabajando por la reconciliación y la paz. Concédenos la sabiduría del diálogo
y del encuentro, para que juntos construyamos la “Civilización del Amor”, a
través de una real participación y de una solidaridad fraterna. Tu nos convocas
como nación y te decimos: Aquí estamos, Señor, junto a nuestra Madre, María de
Coromoto, para seguir el camino emprendido y testimoniar la fe de un pueblo que
se abre a una Nueva Esperanza. Por eso todos juntos gritamos: ¡Venezuela! ¡Vive
y camina con Jesucristo, Señor de la historia! Amén.
Dios, Tú eres nuestro refugio,
quien nos mantiene seguros. Líbranos de trampas y de enfermedades. En las
noches mientras dormimos sé nuestra fiel protección. Te pedimos que nos cuides
con tus ángeles, que sea tu paz nuestra paz. En esta noche descansamos en ti,
tú eres el Dios todopoderoso, en quien encontramos abrigo, confiamos que no hay
nada imposible para ti, todas nuestras cargas y preocupaciones las dejamos en
tu presencia, te pedimos que nos ayudes a estar bajo tu mirada para mantenernos
seguros en tu protección de amor. Como un ave con sus polluelos nos mantenemos
bajo tus alas, allí encontramos refugio. Señor, te pedimos que renueves
nuestros cuerpos, que nos des una noche en salud, para despertar con nuevas
fuerzas para enfrentar con alegría una nueva jornada. En el nombre de Jesús
oramos. Amén.
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