HOY QUE EL DIPUTADO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
JUAN PABLO GÜANIPA
El Diputado de la Asamblea Nacional
(AN) Juan Güanipa, con respecto a la designación de los Rectores del Centro
Nacional Electoral (CNE) por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) comento
que rechazaba tal actuación ya que eso solo le compete y únicamente a la AN.
También el
Parlamentario comento sobre el poder que tiene la AN el cual fue electa por el pueblo Venezolano y
de las facultades la cual tiene para declarar la responsabilidad política del
Presidente de la Republica Bolivariana
de Venezuela Nicolás Maduro.
“En primer lugar yo creo que es fundamental
reivindicar la competencia del Parlamento para controlar al Presidente de la Republica , ayer cuando
escuchaba a los Diputados del PSUV decir que nosotros no tenemos competencia para
controlar al Presidente, de verdad que me pregunto,¿Será que no leen la Constitución ?
Nosotros podemos por ejemplo realizar un decreto de estado de excepción y decidir
como lo hemos hecho si debe continuar o no debe continuar, ahora, vamos a ver
que hacen ellos con el respeto a la constitución, pero nosotros somos quienes
designamos por ejemplo a los embajadores, autorizamos la designación de
embajadores, de procuradores general de la republica, eso quiere decir que
tenemos esa competencia, pero además el articulo 222 establece que podemos
nosotros establecer la responsabilidad política de los funcionarios públicos,
entonces ayer decían que es que el Presidente no es funcionario publico, entonces
¿Qué es el Presidente de la
Republica ? Y evidentemente siendo funcionario publico,
nosotros podemos evaluar sus gestiones, declarar la responsabilidad política
que lo hicimos el día de ayer para la cual tenemos competencia y que lo que
hace establecer ante el país y ante el mundo que tenemos un presidente que no
ha respondido a las expectativas de la gente, que no ha respetado la
constitución nacional y que ha sometido al país a una situación que bueno, ayer
se vio en las calles de Venezuela y un golpe parlamentario es que asumiéramos
nosotros competencias del poder judicial estableciendo por ejemplo
responsabilidades penales el de el presidente de la republica, eso no es
competencia nuestra, la responsabilidad política la podemos asumir, ¿ahora que
hacemos con el documento producto de esa responsabilidad política? Lo
consignamos al Ministerio Publico, y en cualquier estado de derecho que
funcione el Ministerio Publico lo revisa y si hay merito entonces acude a los
tribunales para el enjuiciamiento del Presidente de la Republica ”
Fuente: GoboVision
Rjmc
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